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MOVIMIENTO VERDE ECOLOGISTA |
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LA
ALIANZA HERTY 2006 01 DEL NOMBRE, ORIGEN Y
FINALIDADES DE LA ALIANZA HERTY 2006: La denominación
de la presente alianza será la de ALIANZA PARTIDO MOVIMIENTO
RENOVADOR SANDINISTA y PARTIDO ALTERNATIVA CRISTIANA, "ALIANZA
HERTY 2006". De común acuerdo expresamente se acoge
y se determina que el Partido que encabeza esta Alianza es el Partido
Movimiento Renovador Sandinista - MRS - Esta Alianza que se constituye
en este acto, para los efectos de las elecciones Regionales de la
Costa Atlántica y las elecciones Generales del año dos
mil seis, se denominará "ALIANZA HERTY 2006" A esta
Alianza Electoral también se adhieren y firman por voluntad
propia el Movimiento de Rescate del Sandinismo, representado en este
acto por el compareciente HERTY LEWITES RODRIGUEZ, Cédula de
Identidad Ciudadana Número cero, cuatro. Uno, guión,
dos, cuatro, uno, dos, tres, nueve, guión, cero, cero, cero,
uno, H (0412412390001H), mayor de edad, casado, empresario y de este
domicilio; el Movimiento Verde Ecologista, representado en este acto
por el compareciente EDWARD MARTIN SALAZAR CRUZ, Cédula de
Identidad Ciudadana Número cero, cero, uno, guión, cero,
ocho, cero, cinco, seis, ocho, guión, cero, cero, seis, uno
P (0010805680061P) y el Movimiento Político de Bases Étnicas
de la Resistencia Indígena de Nicaragua (IKILAN), representado
en este acto por el compareciente Silvio Silvestre Lackwood Flores,
Cédula de Identidad Ciudadana Número seis, uno, cero,
guión, dos, cero, uno, uno, seis, tres, guión, cero,
cero, cero, uno, H (6102011630001H, mayor de edad, soltero, técnico
medio en contabilidad y de este domicilio. La Alianza tendrá
por emblema, color de bandera, siglas y demás características,
las del Partido MOVIMIENTO RENOVADOR SANDINISTA - MRS , en la
forma en que se encuentran registradas ante la Dirección General
de Atención a Partidos Políticos del Consejo Supremo
Electoral, con el propósito de que goce, en las elecciones
objeto de esta Alianza, de las prorrogativas, derechos y obligaciones,
que le confiere la Ley Electoral y resto de disposiciones administrativas
legalmente emitidas por el Consejo Supremo Electoral, todo ello será
sin perjuicio que en las actividades del proselitismo partidario y
electoral, los Partidos Políticos y Movimientos que la conforman,
hagan uso libre e irrestricto de sus propias banderas, siglas, emblemas
y lemas, así como cualquier otro signo distintivo de estos,
debiendo todos llamar al pueblo a votar en la casilla que corresponda
y sea asignada al MRS y a la Alianza aquí constituida. 02. DOMICILIO: La Alianza tendrá su domicilio en la ciudad de Managua, capital de la República de Nicaragua pudiendo sesionar fuera de su domicilio y en cualquier parte de la República de Nicaragua, así como abrir delegaciones en todo el territorio nacional, con el objetivo de dar a conocer su plan de gobierno, programas, candidatos y candidatas, y realizar todo tipo de proselitismo político electoral, de acuerdo a lo regulado en la materia. 03. APERTURA DEMOCRATICA:
La Alianza para la consecución de estos objetivos y en el espíritu
de unidad democrática que la sustentan recibirá a otras
fuerzas políticas que respalden el programa común suscribiendo
una escritura en adhesión de la presenta Alianza. 04. DURACION:
La alianza desarrollará sus objetivos y tareas hasta la toma
de posesión de las autoridades electas en las elecciones generales
del año dos mil seis de conformidad a los calendarios electorales
que apruebe el Consejo Supremo Electoral. 05. PATRIMONIO:
El Patrimonio de la Alianza se constituirá con el aporte de
cada uno de los Partidos y movimientos que la integran, todo de conformidad
a las disposiciones que la Ley Electoral establece y en lo que no
se establezca será resuelto por mutuo acuerdo.- 06. IDENTIDAD PARTIDARIA: La Presidenta del Movimiento Renovador Sandinista (MRS), el Presidente del Partido Alternativa Cristiana (AC)) y los presidentes o coordinadores de las otras fuerzas políticas, sociales, así como líderes y personalidades que se integren por adhesión a la presenta Alianza conformarán e integrarán el Consejo Nacional de la Alianza y los Miembros Directivos y activistas de cada uno de ellos se incorporarán a las estructuras de Campaña que se constituyan o que de común acuerdo se adopten. 07. ORGANOS DE LA DIRECCIÓN: Corresponde a la Presidenta y Representante Legal del MRS y al Presidente Nacional y Representante Legal de ALTERNATIVA CRISTIANA, respectivamente, la realización de las actividades encaminadas a la bien andanza de la Alianza y todo aquello que no esté previsto en la presente escritura de constitución se regirá por mutuo acuerdo. 08. DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA ALIANZA: Los representantes legales de los partidos políticos que constituyen esta alianza ya mencionados en este instrumento, designan y nombran como representante Legal propietario de la Alianza al Compareciente LUIS FERNANDO CARRION CRUZ de generales ya expresadas y su Suplente el Compareciente Señor CARLOS JOSE MENDOZA ESPINOZA, también de generales ya expresadas quienes se acreditan ante el Consejo Supremo Electoral al presentar ante esa institución el Testimonio de la presente Escritura. 09. PRESENTACION DE CANDIDATOS. Continúan diciendo los comparecientes Dora María Téllez Arguello y Orlando José Tardencilla, Los candidatos a presentar por la "Alianza Herty 2006" para las elecciones de la Regionales de la Costa Atlántica y las elecciones nacionales del año dos mil seis que son objeto de esta Alianza, serán los candidatos seleccionados por los partidos políticos suscriptores de esta Alianza y por los Movimientos Políticos o sociales que se adhieran a ella de conformidad con los mecanismos que cada partido o movimiento tenga establecido. Una vez presentada la lista única de candidatos acordada, conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, cualquier modificación al orden que se haga en la lista, se hará por acuerdo unánime de la Comisión Política integrada por Herty Lewites Rodríguez, Orlando José Tardencilla y Dora María Téllez Arguello. 10. ACEPTACIÓN: La compareciente Dora María Téllez Argüello, en representación del MRS, y el Señor Orlando José Tardencilla Espinoza en representación del Partido Alternativa Cristiana, aceptan todas y cada una de las cláusulas expresadas en el presente instrumento público. Los comparecientes LUIS FERNANDO CARRION CRUZ y CARLOS JOSE MENDOZA ESPINOZA, expresamente aceptan la designación y mandato de actuar como Representantes Legales, Propietario y Suplente respectivamente de la Alianza aquí constituida. Además suscriben en calidad de adhesión a esta Alianza Política, el Movimiento de Rescate del Sandinismo, representado en este acto por el Señor Herty Lewites Rodríguez, el Movimiento Verde Ecologista, representado en este acto por el Sr. Edward Martín Salazar Cruz y el Movimiento Político de Bases Étnicas de la Resistencia Indígena de Nicaragua (IKILAN), representado en este acto por el Señor Silvio Silvestre Lackwood Flores .
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Verdes de las Américas.
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